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Los deberes de la solidaridad en el modelo tarifario de los servicios públicos domiciliarios
| Content Provider | Semantic Scholar |
|---|---|
| Author | Luque, Guillermo |
| Copyright Year | 2004 |
| Abstract | Un cambio constitucional sin precedentes tuvo lugar en 1991 con la transformación del modelo de Estado de Derecho –propio del Estado liberal burgués decimonónico– en el Estado Social de Derecho: su fase más avanzada de evolución1 (art. 1.o C. P.). Cláusula fundada en el respeto de la dignidad humana2, inspirada en la superación de la antinomia Estado versus Sociedad3, proyectada en el mandato dinámico de igualdad material que exige un trato a favor (discriminación positiva)4 y construida desde la solidaridad como valor superior fundante de todo nuestro ordenamiento jurídico; solidaridad5 que, en su acepción moderna de “deber”6, a la par define los caracteres esenciales de nuestra constitución inscritos en su parte dogmática y da sentido a toda su parte orgánica. En tal virtud, el principio constitucional de la solidaridad, indisoluble al Estado social de derecho7, encuentra su proyección normativa en la Constitución económica8 particularmente en el capítulo V del título XII. E D IC IÓ N E S P E C IA L |
| Starting Page | 41 |
| Ending Page | 50 |
| Page Count | 10 |
| File Format | PDF HTM / HTML |
| Alternate Webpage(s) | https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/contexto/article/download/1993/1781/ |
| Language | English |
| Access Restriction | Open |
| Content Type | Text |
| Resource Type | Article |